tag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post7284885276979828612..comments2017-01-05T20:54:17.114+01:00Comments on Yo fracasé en Alemania: El paro en AlemaniaCiudadano Phttp://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comBlogger119125tag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-18543790622985845862016-07-03T15:04:52.114+02:002016-07-03T15:04:52.114+02:00Hola Carlos:
Por lo que he podido indagar, la res...Hola Carlos:<br /><br />Por lo que he podido indagar, la respuesta a tu pregunta depende de qué seguro tengas:<br /><br />- Si tienes seguro público, la Agencia de Empleo se hace cargo de las cuotas sólo tras el primer mes de sanción. Caso de entrar en vigor la sanción justo después de terminar el contrato, el seguro público obligatorio (gesetzliche Pflichtversicherung) te mantiene asegurado hasta un mes después de terminar el contrato laboral, que es donde ya se haría cargo la Agencia. Eso no ocurre sin embargo con el seguro público voluntario (freiwillige gesetzliche Krankenversicherung); ahí tendrías que pagar tú la cuota de ese mes inicial, haciéndose cargo la Agencia después de ese periodo.<br />- Si eres de seguro privado, tienes que pagarte tú mismo las cuotas mientras dure la sanción.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-999637293824248622016-06-26T21:29:21.567+02:002016-06-26T21:29:21.567+02:00Hola, me ha surgido una duda:
Resulta que estaba ...Hola, me ha surgido una duda:<br /><br />Resulta que estaba cobrando el paro que me correspondía y por no aceptar una oferta de trabajo que personalmente no me convenía, me han cancelado el paro 3 semanas. La pregunta: durante estas tres semanas sin paro me pagará la agencia la Krankenkasse o me la tengo que pagar yo?<br /><br />Además cuando se me acabe el paro en un par de semanas seguirán pagándome la krankenkasse?<br /><br />Adoro tu blog, es una pena que lo dejes, me hubiera gustado leer más artículos relacionados con los altibajos que todos experimentamos al pisar tierras germanas.<br /><br />Un abrazo!Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/12967189095016581901noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-46450909159818438562016-06-18T16:27:56.023+02:002016-06-18T16:27:56.023+02:00Hola:
Independientemente de que haya vacíos por e...Hola:<br /><br />Independientemente de que haya vacíos por el medio, el cómputo se hace de la manera habitual, tal como explico en el artículo:<br /><br />"Por regla general, te corresponde prestación si has cotizado al menos 12 meses en los últimos 2 años."<br /><br />"La duración de la prestación es en relación de 2 a 1, es decir, por 12 meses cotizados te corresponden 6 meses de paro, por 16 te corresponden 8, por 20 te corresponden 10, etc. La duración máxima para menores de 50 años es de 12 meses, para menores de 55 es de 15 meses, para menores de 58 es de 18 meses y, a partir de 58 años, el máximo es de 24 meses."<br /><br />Por otra parte, si en esas 3 semanas inicias el cobro de una prestación, cuando vuelvas al paro tras los dos meses de trabajo, reanudarías la prestación que dejaste en "pausa", ya que aún no tendrías derecho a una nueva. Por tanto cobrarías lo que quede de ella.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-12979411494776561762016-06-18T16:13:33.877+02:002016-06-18T16:13:33.877+02:00Hola Arancha:
Perdón por la tardanza...
No, para...Hola Arancha:<br /><br />Perdón por la tardanza...<br /><br />No, para exportar deben quedarte al menos tres meses de prestación por percibir, así que tu marido ya no podría hacer uso de ello.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-28650707540420467242016-06-12T20:00:07.135+02:002016-06-12T20:00:07.135+02:00Woow ! muy currado este Post, mi agradecimiento a ...Woow ! muy currado este Post, mi agradecimiento a todos por la informacion, en especia a Ciudadano P.<br />Creo que me he enterado de todo, pero ahora yo tengo un caso especial, llevo trabajando en Alemania desde hace 18 meses y mañana entro en el paro, despues de 3 semanas volvere ha enlazar con otro trabajo 2 meses y de vuelta al paro.<br />Mi pregunta es como se computa mi prestacion? es decir,cuando vuelva ha estar parado seguire consumiendo del paro o tendre algun tipo de penalizacion? (lo digo porque lo mismo es mejor no cobrar estas 3 semanas y luego tener derecho a los 9 meses que me corresponderian, en caso de algun tipo de penalizacion.<br />Un saludo !Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/16680273388782931480noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-6594056883162954152016-06-05T16:27:57.733+02:002016-06-05T16:27:57.733+02:00Hola! Antes que nada darte las gracias por la gran...Hola! Antes que nada darte las gracias por la gran ayuda que nos das aclarándonos estas dudas. Te comento mi situación: Mi marido y yo estamos cobrando el paro en Alemania. A mi se me termina el 30 de septiembre y a él el 13 de Julio. Por circunstancias familiares queremos irnos a España definitivamente lo antes posible, y habíamos pensado en irnos a primeros de Julio. Para esas fechas, a mi me quedarían los tres últimos meses de paro por lo que solicitaría el U2 para poder exportarlo, pero a mi marido le quedaría sólo medio mes. Se puede exportar aunque no te queden 3 meses?<br />Por otro lado, mi marido pretende iniciar un expediente de invalidez en cuanto lleguemos a España, y para tener derecho a paga en el caso de que se la dieran necesita estar en situación de asimilado al alta en España. Si exporta el paro, al tener que darse de alta en el plazo de 7 días en el SEPE, ya no habría problema, no? Muchas gracias! Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/06435293064472963899noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-72788053246253754982016-05-26T19:34:47.198+02:002016-05-26T19:34:47.198+02:00Buenas tardes:
Siempre está bien contar con otro ...Buenas tardes:<br /><br />Siempre está bien contar con otro punto de vista. Supongo que depende un poco de cómo se lo quiera tomar el funcionario de turno...<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-42152077423692289212016-05-26T14:05:46.059+02:002016-05-26T14:05:46.059+02:00Hola buenas tardes. Lei el articulo y me parecio m...Hola buenas tardes. Lei el articulo y me parecio muy completo, solo que difiere mucho en situaciones que yo personalmente me encontre. No se si sea la persona que me atendio o que hayan cambiado las leyes, porque yo solo cotize 17 meses y me han pagado 12 meses completitos. Lo del calculo de cuanto tendrian que pagarme si desconozco pues segun la agencia me darian el tope 1789€ x mes. Lo de las citas, me lo modificaron a solamente un email mensual con las aplicaciones que hize durante el mes. Tampoco me vi obligado a aceptar las ofertas que me enviaban, desconozco si varia de acuerdo al nivel profesional en el que se desempeño la persona o en base a que hacen todos los calculos. Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/09510110346866082172noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-57898759079580228722016-04-23T15:36:15.932+02:002016-04-23T15:36:15.932+02:00Hola Salvador:
Hay que tener en cuenta que no te ...Hola Salvador:<br /><br />Hay que tener en cuenta que no te pagan mientras no comience el paro de forma efectiva, aunque hayas realizado los trámites antes de esa fecha. A partir de ahí, lo normal es que pase un mes como máximo. En mi caso, los pagos fueron siempre puntuales.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-40591329681632619632016-04-15T22:49:50.429+02:002016-04-15T22:49:50.429+02:00Buenos días, tramité en la INEM alemana la prestac...Buenos días, tramité en la INEM alemana la prestación ya que tenía derecho a seis meses de desempleo y tengo una duda, hace ya un mes que realicé el papeleo y aún no me han ingresado nada ¿puede ser normal? A partir de que día del mes cobran en Alemania el paro?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/11890820519030849162noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-82369890024964257302016-02-19T21:25:23.231+01:002016-02-19T21:25:23.231+01:00Hola Camilo:
En caso de dejar el empleo voluntari...Hola Camilo:<br /><br />En caso de dejar el empleo voluntariamente tendrías derecho a prestación, aunque con una posible penalización.<br /><br />Con respecto a lo de irte a tu país y la posibilidad de obtener algún beneficio por desempleo, no puedo confirmar ni desmentir que sea cierto. Siento mucho no poder ayudarte, pero lo desconozco, francamente. Esperemos que algún otro lector te pueda responder.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-31037389320396050012016-02-15T13:30:25.585+01:002016-02-15T13:30:25.585+01:00hola
mi situación es un poco diferente no he leíd...hola <br />mi situación es un poco diferente no he leído todos los comentarios pero si gran parte ) y no se muy bien que me cobija y que no en beneficios.<br />yo no soy comunitario soy Extranjero fuera de la UE y actualmente trabajo en Alemania. estoy preparando mi renuncia por motivos personales y porque quiero estudiar dado que no puede empalmar horarios en el trabajo para querer hacer las dos cosas. <br />mi renuncia sera voluntaria tengo un contrato hasta final de este año y he trabajado durante los últimos 2 años. no estoy seguro pero en otro foro encontré que hay posibilidad de que si llego a irme a mi país de origen es posible que pueda acceder a los beneficios de desempleo siempre y cuando firme un compromiso de no regresar a Alemania en los próximos 3 años. es verdad?<br />de querer ir a mi país de origen (fuera de la UE) por motivos de realizar un nuevo tramite de visado para hacer un máster en España es posible que pueda tener algún tipo de beneficios de desempleo? <br />Agradecería tu valiosa información Camilohttps://www.blogger.com/profile/13214301963227716250noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-72993646550990523812016-02-05T19:18:07.268+01:002016-02-05T19:18:07.268+01:00Hola:
Como se ha dicho en algún comentario anteri...Hola:<br /><br />Como se ha dicho en algún comentario anterior, sí podrías cobrar paro yéndote tú, pero podrían ponerte una penalización de hasta 12 semanas.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-75438087168453622792016-01-30T07:51:40.842+01:002016-01-30T07:51:40.842+01:00Buenos dias.
Quisiera saber como puedo que pasari...Buenos dias.<br /><br />Quisiera saber como puedo que pasaria si en mi situacion, con contrato indefinido en Alemania, quisiera voluntariamente ( por motivos personales ) pedir la cuenta e irme al para con dos anyos de cotizacion que acumulo. Es decir, por diferencias con el jefe , diferencias que estan afectando mi vida privada y familiar, quiero tomarme un anyo con tranquilidad para encontrar un nuevo y mejor trabajo ( en cuanto a horario y jornada ) y ademas poder hacer algun curso de idioma que es lo que mas me esta afectando el dia a dia. Pero no quiero dejar de traer ingresos en casa y me pregunto si en este pais seria , no tan facil, pero tan posible como lo es en Espanya.<br /><br />Muchas graciasUnknownhttps://www.blogger.com/profile/07086436680921956723noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-76256696386935019822015-11-17T20:24:39.264+01:002015-11-17T20:24:39.264+01:00Hola:
Me suena un poco extraño ese baile de fecha...Hola:<br /><br />Me suena un poco extraño ese baile de fechas... Pero bueno, si junto al campo "Kündigung erhalten" hay un espacio para indicar la fecha correcta, quizá sea válido. Si no, quizá deberías intentar que la empresa corrija la fecha antes de firmar.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-84566381541597268122015-11-16T10:49:56.733+01:002015-11-16T10:49:56.733+01:00Buenos días y muchas gracias por toda la informaci...Buenos días y muchas gracias por toda la información! Eres una ayuda impagable :)<br /><br />Te cuento rápido mi caso: <br /><br />El miércoles pasado (11.11) me despidieron (en realidad fue un acuerdo, pero logré que me despidieran para no perder derechos). Acordamos, por diversos motivos, hacerlo oficial desde el 13.11. El caso es que la carta de despido, que debían firmar en otra sede de la empresa, me la han dado hoy, 16.11, con fecha de 11.11. Dicen que en la firma, donde pone "kundigung erhalten", basta con poner la fecha 13.11 para que conste que la recibí ese día, viernes 13, y así no me penalicen por notificarlo con más de tres días. La verdad es que no sé si me convence... Cómo lo ves tú? gracias por adelantado, <br />L.Martinahttps://www.blogger.com/profile/03680589590797807058noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-74310760780266575642015-10-09T13:44:03.559+02:002015-10-09T13:44:03.559+02:00Hola Juan:
El caso que planteas es complicado. Au...Hola Juan:<br /><br />El caso que planteas es complicado. Aunque no la hayas llegado a disfrutar, tú has solicitado la prestación de España y la has exportado a Alemania. Visto así, en teoría, habrías agotado tu derecho a esa prestación. Para tener otra, tendrías entonces que reunir los requisitos mediante otros periodos de cotización que no hayas utilizado ya para el nacimiento de una prestación anterior. Pero como digo, el caso ofrece dudas. No puedo asegurarte que se aplique la norma de esta manera.<br /><br />Respecto a lo de volver en marzo a trabajar, si vienes con trabajo asegurado, no tendrías que avisar para nada, ya que no serías demandante de empleo.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-28622421533079773722015-10-09T13:25:18.806+02:002015-10-09T13:25:18.806+02:00Hola:
No sabría decirte si el plazo de 3 meses se...Hola:<br /><br />No sabría decirte si el plazo de 3 meses se aplica también en caso de tener en el contrato un mes de preaviso. Seguro que puedes averiguarlo buceando un poco en la página de la agencia de empleo... De no ser así, lo que sí me parecería lógico, es que se aplicase lo de los tres días, como describo arriba en el artículo.<br /><br />Lo que no veo son muchas expectativas de evitar la penalización, si es que finalmente la tienes...<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-32201106025570204772015-10-01T00:00:47.672+02:002015-10-01T00:00:47.672+02:00Hola soy Juan gracias por el post
En España tengo ...Hola soy Juan gracias por el post<br />En España tengo derecho a 16 mese de paro, lo exporte a Alemania pero no cobre ni un euro porque empeze a trabajar desde el primer día que llegue. Mi contrato acaba el 31 de 12 he trabajado 9 meses por problemas familiares lo tengo que dejar voluntariamente. Puedo pedir el U1 y U2 y reanudar mi paro en España? Volveré a trabajar en alemania el 1 de marzo, en este tiempo dejare de ser residente ,tengo penalización por no avisar con 3 meses de antelación? <br />La semana pasada estuve en España y lo pregunte en el inem, la respuesta fue que solo bastaba con el U1 claro si se me acaba el contrato, pero como soy yo quien renuncia no se que hacer gracias Juan 1https://www.blogger.com/profile/09012047741370741056noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-29534860472484357262015-09-30T14:37:59.661+02:002015-09-30T14:37:59.661+02:00Hola!
Muchas gracias por la información tan útil q...Hola!<br />Muchas gracias por la información tan útil que proporcionas. Tengo una consulta que me gustaría resolver. En relación a la baja voluntaria tengo entendido que acarrea una penalización de 3 meses que te quitan de lo que te corresponden. Yo he trabajado mas de 2 años aquí y me estaba planteando regresarme a España. Mientras tanto cobrar algo de paro aqui para preparar mi regreso pero no sé si hay alguna manera de evitar esa penalización...porque al parecer la aplican al principio.<br />Mi contrato pone solo 30 días de plazo para finalizarlo y pensaba que con avisar al Arbeitsamt al mismo tiempo que a la empresa llegaba.<br /><br />Alquien ha tenido alguna experiencia similar?<br /><br />Saludos y gracias de nuevo!VmGhttps://www.blogger.com/profile/15423597735577195280noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-80401068316885610782015-09-17T19:02:57.490+02:002015-09-17T19:02:57.490+02:00Hola Pedro:
Hasta donde yo sé, no te pueden despe...Hola Pedro:<br /><br />Hasta donde yo sé, no te pueden despedir "de palabra". La empresa debe comunicarte el despido oficialmente por escrito. Mientras no lo hagan, sigues siendo su empleado. La documentación deben facilitártela sin necesidad de pedirla. Si tienes problemas en ese sentido, intenta reclamársela o ponte en manos de un abogado y denúncialo.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-78851739825118359252015-09-17T14:21:51.645+02:002015-09-17T14:21:51.645+02:00Hola, soy Pedro, recibe un cordial saludo desde Al...Hola, soy Pedro, recibe un cordial saludo desde Alemania, y una felicitacion por tu blog.<br />Quisiera hacerte una pregunta, por favor, es la siguiente: Cuando te despiden de un trabajo, o simplemente te dicen, ya no vengas mas, pero no te dan la "carta de despido", ¿Como se debe proceder?; ¿Hay un formulario que yo me debo de preocupar para darselo al empresario?; ¿Es una obligacion del susodicho empresario?; ¿O se lo reclamara la agencia?. Por que a mi si me la reclaman y aun no aceptan mi explicacion de que el empresario dice que es "automatisch".<br />Muchas gracias por tu interes.PEDROhttps://www.blogger.com/profile/08194727474494003180noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-51369492480924783522015-08-17T20:56:18.627+02:002015-08-17T20:56:18.627+02:00Hasta donde yo tengo entendido, la tarjeta sanita...Hasta donde yo tengo entendido, la tarjeta sanitaria europea solo es válida para personas que trabajan. Para las personas en situación de desempleo que quieran salir al extranjero hay un "certificado provisional sustitutorio de la tarjeta sanitaria europea" que hay que ir a hacerse en la seguridad social antes de salir del país. Yo no conocía su existencia hasta que exporte el paro Saludos! Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/15246262291051584391noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-64150777309946471062015-07-15T12:44:58.869+02:002015-07-15T12:44:58.869+02:00Hola:
Este caso está al límite de lo que mis cono...Hola:<br /><br />Este caso está al límite de lo que mis conocimientos me permiten responder, así que no asumas como correcto al 100% lo que voy a decir.<br /><br />Si has exportado el paro español y, tras ello, te has quedado en Alemania, has perdido el derecho al resto de esos 24 meses que tenías. Luego has trabajado 6 meses en Alemania, con lo que, en principio, no cumples el mínimo de 12 meses necesario para recibir paro de Alemania. Cuando eso sucede, debes cumplir otros requisitos adicionales para cobrar prestación (puedes consultarlos <a href="http://www.arbeitsagentur.de/web/content/DE/BuergerinnenUndBuerger/Detail/index.htm?dfContentId=L6019022DSTBAI485658" rel="nofollow"> aquí</a>). De no ser así, no tendrías derecho a ella.<br /><br />En cualquier caso, la relación en Alemania es de 1:2, o sea, 6 meses de prestación por 12 meses cotizados. Y la duración máxima es de 12 meses.<br /><br />Así es como yo lo interpreto. No obstante, para salir completamente de dudas, es mejor que preguntes a la Oficina de Empleo directamente.<br /><br />Saludos<br /><br />PCiudadano Phttps://www.blogger.com/profile/10680897010670559504noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3095976676068621085.post-17631424171324274842015-07-13T14:29:16.908+02:002015-07-13T14:29:16.908+02:00Hola,
Necesitaría por favor ayuda con algo del pa...Hola,<br /><br />Necesitaría por favor ayuda con algo del paro.<br />En España tenía derecho a 24 meses, consumí 4 meses y después consumí casi otros 5 con la exportación.<br />Ahora estoy trabajndo en Alemania, mi contrato de 6 meses finaliza.<br />Dispongo del documento U1 en el que se pueden ver los periodos que he recibido desempleo. Mi duda es, ya que el máximo en Alemania es de 12 meses, cuanto tiempo podría cobrar paro.<br /><br />Gracias y un saludo,Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/16475415788374437068noreply@blogger.com