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domingo, 18 de mayo de 2014

Elecciones municipales en Alemania

Coincidiendo con las elecciones europeas del 25 de mayo, en varios estados alemanes, se eligen también los representantes del pueblo en municipios y "comarcas" (no encuentro una palabra del todo adecuada para designar esta unidad administrativa a medio camino entre la provincia y el municipio de España). Este batiburrillo llamado Unión Europea, establece que, a nivel local, los inmigrantes votemos en el país de residencia y no en el de procedencia —al contrario que en las elecciones generales—. Esto me ha dado la ocasión de descubrir algunas peculiaridades del sistema electoral alemán que me han llamado la atención. Paso a relatarlas.


La primera curiosidad es el modo en que se desarrolla la campaña. No tengo prácticamente la sensación de estar a las puertas de unas elecciones. Hay algunos carteles por la calle, sí, pero sin saturar. Muy lejos de las estridencias que acostumbramos a ver en España (véase: coches con megafonía a todo trapo, mítines a gogó...). Asimismo, mi buzón no ha sido inundado con papeletas y propaganda de los partidos. He recibido únicamente dos o tres folletos, que también en su contenido se diferencian de lo que se estila en España.

En dichos folletos aparecen las fotos de los candidatos acompañadas de su nombre, edad, estado civil, número de hijos, profesión y aficiones. En algún caso figura incluso su domicilio y un breve extracto de sus actividades profesionales y políticas. Es casi un "mini-currículum". Estoy acostumbrado a que, en Alemania, todo tipo de profesionales (ya sean dentistas, asesores, técnicos, jardineros u otros cualesquiera) incluyan datos personales al promocionarse, pero resulta chocante verlo en política. Sin embargo, me parece lógico que así sea. ¿No nos piden a todos un CV cuando queremos conseguir un trabajo? Pues igualmente deberíamos conocer los estudios y experiencia de quienes pretenden ocupar un cargo político para seleccionarlos con cierto criterio, ¿no?

Otro asunto llamativo en comparación con España es la mecánica de la votación. La cosa va más o menos así:

1.- En cada corporación hay un número determinado (llamémosle x) de escaños a cubrir, en función del número de habitantes. Cada votante tiene derecho a emitir x votos, o sea, tantos como escaños hay en disputa.

2.- Esos x votos pueden otorgarse a los miembros de una misma lista (mismo partido) o pueden distribuirse entre varias listas diferentes. El número total de votos no puede exceder de x, o se considerará nulo.

3.- Puede asignarse más de un voto (hasta un máximo de tres) a un mismo candidato, sea de la lista que sea. Para ello hay que escribir el número deseado en el recuadro de la papeleta designado para tal efecto. Para otorgar un voto a un candidato se escribe un '1' o una 'X'. Para otorgarle dos votos, un '2'. Para otorgarle tres votos, un '3'.

4.- Puede optarse por entregar solo una papeleta (de una lista o partido) sin modificar (sin ningún candidato explícitamente marcado). En ese caso, cada miembro recibe un voto (correlativamente según su puesto en la lista, hasta repartir el máximo de x).

5.- Alternativamente, pueden entregarse una o varias papeletas modificadas (con candidatos explícitamente marcados) si lo que se desea es elegir personas de diversas listas. Para ello hay dos opciones:
  • a) Papeleta única: se marcan los candidatos deseados en una de las listas y luego se añaden en ella (escritos a mano) el resto de nombres junto con los votos que se le quieren otorgar.
  • b) Papeletas múltiples: se entregan todas aquellas listas de las que se quiere elegir algún candidato, marcando en cada una la repartición deseada de votos.

Puede discutirse qué sistema es mejor o peor y habrá opiniones para todos los gustos. Mi sensación personal es que este método concede más libertad al votante y anima más a participar. Posiblemente sea uno de los factores que diferencian a una democracia madura de una que hace aguas —como la española—. ¿Cómo lo veis vosotros?

viernes, 28 de junio de 2013

Cambiar matrícula española por alemana en 10 pasos

Hoy volveré a tocar la vertiente de servicio público, hablando del procedimiento para sustituir una matrícula española por una alemana. Como dije en mi anterior entrada, esta es una de las trampas que nos pone Europa para complicarnos la vida y sacarnos la pasta. Dado que los gerifaltes europeos no han tenido a bien unificar el reglamento, estamos obligados a matricular el vehículo en el país donde oficialmente residimos, y cada estado establece sus propias normas al respecto. Esto trae como consecuencia no pocos gastos y molestias. Ejemplo: Alguien que trasladase su residencia a otro país de la UE y retornase al cabo de 7 meses, siguiendo la normativa a rajatabla, podría lucir fácilmente en su coche CINCO matrículas diferentes en ese periodo de tiempo (cada una de ellas con su pertinente desembolso, claro está). Un verdadero disparate.


Debes saber que existe obligación de cambiar la matrícula en estancias superiores a seis meses (de ahí el ejemplo anterior), salvo dos excepciones: estudiantes matriculados en un centro educativo del país y trabajadores transfronterizos. Eso sí, mientras portes matrícula forastera, no se permite que el coche lo conduzca ningún residente del nuevo país, salvo que tú vayas en él.

A continuación describo los pasos que yo seguí para realizar el cambio de placas, así como los costes (a modo orientativo), que pueden variar ligeramente según la región de Alemania. Nota: No soy uno de los blogueros viajeros a los que le mola fardar con las palabritas superguays que van descubriendo; casi nunca uso términos alemanes en el blog, y mucho menos si no aportan nada. Sin embargo, por razones didácticas, hoy será la primera vez que incluya una buena dosis de ellos, ya que lo considero útil para afrontar esta situación real sin conocer bien el idioma.

1) Buscar un seguro alemán para el coche. Tras llegar a un acuerdo con ellos sobre el tipo de cobertura (más información en el punto 8), te dan un justificante provisional (Versicherungsbestätigung) que debes presentar en la oficina de matriculaciones (Kfz-Zulassungsstelle).

Precio: 0€.

2) Pasar la inspección técnica (TÜV), que incluye una inspección general (Hauptuntersuchung) y una de emisión de gases (Abgasuntersuchung). Para ello es necesario el certificado de conformidad del fabricante (Übereinstimmungserklärung o Übereinstimmungsbescheinigung, también llamado CoC por sus siglas en inglés) o una revisión técnica completa (Vollgutachten) un poco más "especial" que le hacen a los vehículos extranjeros. El certificado me costaba 71,40€ pidiéndolo al fabricante. Es interesante señalar que existen otros talleres autorizados para realizar las inspecciones del TÜV (p. ej. grandes cadenas como ATU, DEKRA...). Yo decidí utilizar esa opción, ya que me resultaba más rápida y sencilla, para lo cual tuve que presentar solamente la documentación española del coche (tarjeta de ITV y permiso de circulación).

Precio: 89€ (inspecciones estándar) + 58,31€ (revisión "especial").

3) Ir a la oficina de tráfico con todo esto en la mano:
  • Papeles españoles del coche (puede que te interese hacerle copias, porque se quedan los originales).
  • Placas españolas (también se las quedan).
  • Justificante de la inspección técnica (TÜV).
  • Justificante temporal del seguro (Versicherungsbestätigung). 
  • Formulario del impuesto de circulación alemán (Kraftfahrzeugsteuer o Kfz-Steuer) que te dan allí. Desde este momento te lo pasarán cada año por domiciliación bancaria.
  • Pasaporte o DNI en vigencia.
  • Justificante de empadronamiento del ayuntamiento (Anmeldebestätigung). En teoría no hace falta, pero les encanta pedirlo para TODO, así que no está de más llevarlo encima, por si acaso.
  • ¡Destornillador para quitar y poner las placas!
Una vez verifican todos los documentos te asignan un número de matrícula. Si lo deseas, puedes elegir el que quieras entre los que hay libres pagando unos 10€ extra, y se puede reservar con antelación por Internet pagando otros 2€ y pico (ver comentario final). Entonces, te dan dos recibos. Uno para pagar en caja el coste de la gestión administrativa (en la misma oficina). Otro para obtener las placas de matrícula. También recibes un documento acreditativo de que el coche está registrado en Alemania, para presentarlo en tráfico de España y darlo de baja allí.

Precio: 44,10€ (tasa administrativa) + impuesto circulación (actualmente, los diesel pagan 9,50€ por cada 100cm³ + 2€ por cada g/km de CO2 que supere los 110g/km; los de gasolina pagan 2€ por cada 100cm³ + 2€ por cada g/km de CO2 que supere los 110g/km).

4) Ir a comprar las placas (siempre hay tiendas que se dedican a eso al lado de las oficinas de tráfico). Con el recibo de tráfico te troquelan en las placas el número que te corresponde.

Precio: 35€.

5) Elegir método de fijación de las placas. Mientras que en España solemos llevar las placas atornilladas "a pelo", en Alemania es típico acoplarlas a un soporte (por razones puramente estéticas). Por defecto, no te hacen agujeros en ellas; si los quieres debes pedirlos en la tienda de troquelar (recuerda tomar medidas para indicarle dónde hacerlos). Si no, puedes comprar el susodicho soporte, que se atornilla y sobre él se fijan las placas.

Precio del soporte (opcional): 12€.

6) Volver a tráfico con las placas "recién hechas" para que te pongan en ellas los sellos de la región y el de validez de la inspección técnica (la placa que lleva dos sellos debe ponerse atrás). Recibes entonces la documentación alemana del coche, que consta de dos partes. La primera se llama Zulassungsbescheinigung Teil I (también conocida como Fahrzeugschein o simplemente Schein) y es la que se debe llevar siempre en el coche. La segunda se llama Zulassungsbescheinigung Teil II (también conocida como Fahrzeugbrief o simplemente Brief) y es como el “título de propiedad” del coche, se deja siempre en casa a buen recaudo; perderla conlleva problemas. Ya se pueden instalar las nuevas placas en el coche y circular con él.

Precio: 0€.

7) Notificar la baja al seguro español y solicitarle un certificado de no siniestralidad en formato internacional (inglés) para que te apliquen la bonificación en el seguro alemán.

Precio: 0€.

8) Hacer el seguro definitivo alemán. Hay un plazo de 4 semanas desde que se registra el coche con matrícula alemana. En ese plazo, la cobertura es la misma que hayas acordado inicialmente para obtener el justificante provisional (sin límite de movilidad). Debe formalizarse el seguro definitivo en ese periodo de tiempo. El seguro vence siempre por año natural, se haga cuando se haga. Por tanto, si se da de alta en fecha distinta al 1 de enero, cobran la cantidad proporcional según lo que quede de año. Básicamente hay tres tipos de seguro, cuyas coberturas exactas pueden variar según la aseguradora: el obligatorio a terceros (Haftpflichtversicherung), todo riesgo (Vollkasko) y uno intermedio (Teilkasko) que es como a terceros ampliado con daños propios, incendio, robo, etc, pero que no cubre los daños causados a tu coche por terceros. Como es obvio, el precio de cada uno variará según el modelo de coche, la bonificación del conductor, etc. Por lo general sale algo más caro que la cobertura equivalente en España.

Precio: en mi caso particular rondaba los 500€.

9) Dar de baja el coche en España (jefatura provincial de tráfico) por tránsito comunitario. Es conveniente tener a mano, por si acaso, el justificante de registro que recibes en tráfico de Alemania (ver punto 3) y que acredita oficialmente el cambio de matrícula realizado, aunque a mí no me lo pidieron. Por tanto, solo hay que rellenar el formulario español (disponible en Internet: DGT) y pagar la correspondiente tasa.

Precio: 8€.

10) Solicitar la devolución de la parte proporcional del impuesto municipal del vehículo (en el ayuntamiento donde estaba registrado en España), si procede. Para ello te piden el justificante que expide tráfico de la baja definitiva del coche. El impuesto se paga por año natural y se prorratea por trimestres, así que te devolverán tres trimestres si das la baja hasta el 31 de marzo, dos trimestres si la das hasta el 30 de junio, un trimestre si la das hasta el 30 noviembre y nada si das la baja después de esa fecha.

Precio: 0€.

¡LISTO!

Nota importante: En Alemania, los únicos documentos obligatorios que se deben llevar en el coche son el carné de conducir y el Fahrzeugschein (no se necesita el seguro ni nada más).

Y un último comentario a modo de curiosidad: La matrícula en Alemania va asociada al propietario, no al vehículo como en España. Eso quiere decir que un mismo coche puede portar varias matrículas a lo largo de su vida útil, y que puedes mantener la misma durante toda tu vida pasándola de un coche a otro. La estructura de letras y números es como sigue: XXX YY NNNN. 'X' son las letras identificativas de la región (puede haber de una a tres) y es la única parte que no se puede elegir. 'Y' son letras a elegir (mínimo una, máximo dos), aunque no se admiten ciertas combinaciones catalogadas como "indeseadas". 'N' son números a elegir (pueden ponerse entre una y cuatro cifras).

jueves, 20 de junio de 2013

¿Para qué sirve Europa?

Desde que se creó este invento de la Unión Europea nos han vendido las ventajas que tiene para todos nosotros. Cuando empezamos a oír hablar de ello, allá por los 80, sonaba casi a ciencia ficción. ¡Pasar de un país a otro sin fronteras! Resultaba intrigante, enigmático y hasta exótico. Pero pronto nos acostumbramos. Más tarde llegó la moneda única, que parecía igual de extravagante. Del mismo modo, se fueron incorporando tratados, acuerdos, leyes y normativas diversas, que se supone deben facilitarnos la vida y simplificarnos las cosas. Pero tras todos estos años de conversiones, adaptaciones y cambios, uno sale de su país y se encuentra con una serie de obstáculos que le hacen preguntarse: ¿para qué sirve realmente este tinglado?


De entrada, una de las primeras cosas que se deben afrontar al llegar a otro país es abrir una cuenta bancaria. A pesar de la unidad monetaria y del mercado común, uno no puede seguir operando solo con su banco de antes.

Si te vas al extranjero de vacaciones, tu atención médica está cubierta con la tarjeta sanitaria europea, pero si trasladas tu residencia ya necesitas un nuevo seguro de salud. Los convenios existentes en cuanto a atención médica o pensiones no impiden que debas cambiar de seguridad social.

Naturalmente, llegará el inexorable momento de rendir cuentas a Hacienda, claro está. Por eso, necesitas también tu nuevo número de identificación fiscal. Los acuerdos transfronterizos en este sentido no te librarán de un jaleo morrocotudo cuando llegue la temida declaración. Haber residido en un año fiscal en dos países, las distintas normativas de cada uno o poseer bienes en el extranjero suelen complicar las cosas sobremanera.

En el plano académico y laboral también podemos toparnos con algunas trabas. Son conocidas las posibilidades que se ofrecen para la movilidad estudiantil, pero sin embargo esto choca con la disparidad de sistemas educativos. No siempre se reconocen por igual titulaciones obtenidas en países diferentes, lo que puede representar un agravio comparativo en determinadas situaciones.

Otro caso ya comentado es el tema del paro. Existen regulaciones comunitarias que nos permiten exportar prestaciones e ir a buscar trabajo en otro país. No obstante, es un derecho limitado, porque no puedes trasladarlo en su totalidad. Por otro lado, se reconocen cotizaciones realizadas en países ajenos, pero deben acreditarse mediante documentos expedidos por aquellos. Si hay administración común para unos trámites, ¿porqué no para otros?

Y como último ejemplo puedo citar lo que ocurre con el tránsito de vehículos, tema ciertamente sangrante del que volveré a hablar en unos días. Resulta que con tu coche puedes circular por toda Europa, tengas la matrícula que tengas, y basta con llevar la carta verde del seguro para cubrir cualquier eventualidad. Pero si te lo llevas al fijar tu residencia en el extranjero, ah, ahí ya no puedes mantener la matrícula original; tienes que cambiarla por una del país de destino, lo que normalmente implica también cambiar de seguro. O sea, una auténtica coña marinera que conlleva múltiples trastornos: alta en el extranjero, baja en tu país, inspección técnica y otros papeleos diversos. Y todo ello con sus tasas y costes correspondientes, ¡cómo no!

¡Ah! Y no olvidemos la guinda del pastel. Por si todo esto era poco, cuando decidas volverte a tu país debes deshacer punto por punto todo lo que has hecho a la ida. Si no querías caldo, toma dos tazas. Gastos y trastornos por duplicado. Si es que cuando se trata de sacarnos la pasta se lo montan de miedo...

Lo que está claro, a mi modo de ver, es que todos los ejemplos citados muestran una falta de coordinación administrativa —quizá deliberada—. Por eso, cuando yo me hago la pregunta de para qué sirve Europa, suelo llegar a la misma respuesta: a mí solo me sirve para no tener que cambiar mi dinero y para no parar en las aduanas. No voy a negar que son comodidades, pero me parece escaso botín para el alto precio que nos cuesta. Da la sensación de que la Unión Europea es solo una unión a medias. Y tal como están las cosas, ya veremos cuánto dura esto...

martes, 14 de mayo de 2013

El paro en Alemania

He pensado que quizá a más gente le interese saber cómo funciona esto del paro aquí en Alemania. Por eso, voy a dedicar esta entrada a explicar las principales cuestiones en relación a ello. Principalmente voy a considerar que el desempleo se origina tras haber trabajado aquí. Ya he dicho que no es nada recomendable venir de otro modo.


Supongamos que estás trabajando en Alemania y te vas a quedar en paro. Tu primera obligación es inscribirte como demandante de empleo inmediatamente. Si tu contrato es de duración determinada, debes realizar la inscripción TRES MESES antes de la fecha efectiva en que termina. Si tu contrato es indefinido, tendrás acordado un periodo de preaviso en caso de rescisión del mismo. Es habitual que este periodo sea de 3 meses, por lo que, en ese caso, deberías inscribirte nada más conocer tu despido (tienes 3 días). En cualquier caso, si el despido te fuese comunicado con un preaviso menor de 3 meses, tienes la obligación de inscribirte como demandante de empleo en los TRES DÍAS siguientes. No cumplir esta norma acarrea penalizaciones (suspensión de una semana) en caso de tener derecho al cobro de prestaciones.

Quiero recalcar que lo anterior es solo una inscripción como demandante de empleo, no te da derecho a ninguna prestación. Simplemente le comunicas a la agencia de empleo que te vas a quedar o te has quedado en paro. Esa inscripción debe hacerse personalmente, pero no necesariamente acudiendo a la oficina del paro. Puede hacerse también por teléfono (01801-555111) o por internet (registrándose aquí). De este modo concertarán una cita contigo para que acudas a la oficina, lo que te evitará esperas. En caso de despidos masivos (como fue el mío), la empresa puede pedir a la agencia de empleo que desplace a algún funcionario para inscribir a todos los afectados en la propia compañía. Debido a la regla de los tres días ya mencionada, es más fácil desplazar a dos o tres funcionarios al lugar del "crimen" que mandar a las decenas de despedidos a colapsar la oficina del paro. 

Bueno, ya estás inscrito como demandante de empleo.

Ahora, si la empresa es medianamente grande, lo habitual es que te liberen de ir a trabajar en lo que resta de contrato (práctica conocida como 'gardening leave' en el mundo anglosajón). Esto se estila mucho en cierto tipo de empresas, para protegerse de las posibles "represalias" de los empleados y también como parte de su imagen de magnanimidad. Por cierto, si tienes un contrato indefinido te preguntarás cuál es la indemnización por despido. La respuesta es: ninguna. Si los 20 días por año de la reforma laboral española te parecen pocos... esto es lo que aún está por venir. En Alemania no se estipula por ley ninguna cantidad. Menos mal que, de nuevo, la magnanimidad impulsa a las empresas a ofrecer, motu proprio, una módica cantidad como indemnización. La regla no escrita en ese sentido suele ser de 15 DÍAS por año trabajado. Si te sabe a poco, estás en tu derecho de rechazarlo e ir a juicio. 

Bien. Mientras dure tu búsqueda de empleo te mantendrás en contacto con la agencia. Unas semanas después de la inscripción te volverán a citar para una entrevista con tu asesor personal (el no acudir a estas citas injustificadamente acarrea penalización). Se trata de ver qué planes tienes, qué opciones ofrece el mercado, etc. Probablemente salgas de esa reunión ya con dos o tres ofertas a las que apuntarte. Luego, seguirás recibiendo periódicamente propuestas de la agencia para apuntarte a nuevas ofertas que se ajusten a tu perfil (más o menos). Deberás solicitar esos trabajos que te proponen y comunicarle a la agencia el resultado del proceso. No hacerlo acarrea penalización. Si tuvieses motivos para no querer solicitar alguna de las propuestas debes comunicarlo también, pero hay que justificar que existen razones de peso (no cumplir los requisitos, razones de salud, etc; el no apetecerte no vale como razón de peso).

Después, si llega el día en que concluye efectivamente tu contrato y aún no has encontrado trabajo, te conviertes oficialmente en desempleado. En caso de que te corresponda una prestación es ahora cuando debes solicitarla. Debes pedir cita de nuevo en la agencia para entregar toda la documentación necesaria, a saber: formulario a rellenar (te lo dan ellos), pasaporte, tarjeta de impuestos, carta de despido y certificado de empresa.

Por regla general, te corresponde prestación si has cotizado al menos 12 meses en los últimos 2 años. De no ser el caso, debes cumplir otras condiciones especiales (puedes consultarlas en los enlaces que incluyo al final). Recuerda que es fundamental hacerse siempre con el formulario PD U1 antes de cualquier traslado entre estados de la Unión. Dicho documento es expedido por el servicio de empleo de cada país y acredita tus periodos de cotización para ser reconocidos legalmente en el resto de la UE.

La duración de la prestación es en relación de 2 a 1, es decir, por 12 meses cotizados te corresponden 6 meses de paro, por 16 te corresponden 8, por 20 te corresponden 10, etc. La duración máxima para menores de 50 años es de 12 meses, para menores de 55 es de 15 meses, para menores de 58 es de 18 meses y, a partir de 58 años, el máximo es de 24 meses.

¿Cuánto vas a cobrar de paro? Para calcularlo se consideran las cotizaciones del año previo al nacimiento del derecho. Este es el procedimiento: Se suman los salarios de los últimos 12 meses (en bruto y sin incluir complementos) y se divide el total por 365 días. Ese es el salario medio diario bruto, que sirve de base para obtener la cuantía final. El 60% (sin hijos) o el 67% (con hijos) de esa cifra es lo que te corresponde de paro (bruto). A continuación, de este "paro bruto" se procede a descontar el 21% como cuota de seguridad social y también los correspondientes impuestos (otro 14% como poco). La clase impositiva a la que pertenezcas tendrá por tanto gran influencia, ya que el % de retenciones varía según la clase. Por último, lo que resulte tras estos descuentos es tu prestación neta diaria, que se multiplica por 30 para saber lo que cobrarás neto mensualmente. Esa cantidad te será abonada en cuenta a finales de cada mes.

Volviendo al capítulo de derechos y obligaciones, debes saber que la lejanía de un trabajo a tu domicilio no es motivo para rechazarlo. Puedes establecer un área geográfica de preferencia y la agencia te propondrá ofertas en esa zona, pero el radio puede estar en torno a 50-100km. Tú eliges si conducir esa distancia a diario o mudarte de casa. Además, si llegas a recibir una oferta firme en la otra punta del país, la distancia por sí misma no sirve de excusa. Rechazarla sin más motivo acarrea suspensión, y de las gordas: 3 semanas la primera vez, 6 semanas la segunda y 12 semanas la tercera.

Acumular 21 semanas de suspensión implica la pérdida definitiva de la prestación, por lo que esa sería la consecuencia de rechazar tres ofertas sin motivo.

Mientras estés desempleado, debes acreditar ante la agencia que pones todos tus esfuerzos en encontrar un trabajo. Pueden pedirte que se lo demuestres, por ejemplo enseñándoles tus solicitudes y las respuestas obtenidas. No acreditar tales gestiones acarrea —cómo no— una suspensión de 2 semanas.

El hecho de que te ofrezcan un trabajo peor pagado que el anterior tampoco te permite rechazarlo, dentro de ciertos límites. En los tres primeros meses de paro debes aceptar trabajos con un sueldo hasta un 20% inferior al que tenías. Del 4º al 7º mes debes aceptar hasta un 30% menos. A partir ahí, ya solo puedes rechazar aquel trabajo en el que te paguen menos que lo que cobras de paro. De lo contrario, a ver si adivinas... ¡Exacto! Acarrea penalización.

Recuerda que TODO lo que hagas debes ponerlo en conocimiento de la agencia inmediatamente. Si consigues un nuevo trabajo, si estás incapacitado para trabajar, si te pones a estudiar, si cambias de piso, si cambia tu estado civil o tu clase impositiva... TODO. Entre tus muchas obligaciones se encuentran algunas bastante curiosas. Se especifica por ejemplo que debes comprobar al menos una vez al día tu buzón y estar localizable todos los días laborables, ya que pueden requerirte en cualquier momento. También puedes olvidarte de viajes y vacaciones. No está permitido ausentarse del domicilio sin el permiso de la agencia; mucho menos salir del país. Si necesitas ausentarte por algún motivo (de peso) debes comunicarlo y esperar que te concedan el permiso. Por supuesto, nadie te va a colocar un chip de seguimiento, puedes hacerte el avión, pero si algo pasa y se enteran... creo que ya sabes lo que acarrea, ¿verdad? ¡Suspensión al canto! Eso sí, tienes derecho a unas vacaciones de hasta 3 semanas durante las que sigues cobrando el paro, siempre previa petición a la agencia, claro. Si lo deseas puedes alargarlas hasta 6 semanas, pero durante esas 3 adicionales no cobras.

Y ya para acabar hablaré un poco de normativa comunitaria, especialmente de la llamada exportación del paro, algo muy interesante para los que somos emigrantes.

Una prestación por desempleo puede ser exportada de un país (A) a otro (B) solicitando el formulario PD U2. Para hacer uso de este derecho deben quedarte al menos 3 meses de prestación por percibir. El periodo máximo por el que se puede solicitar son TRES MESES (aunque te quede más tiempo de paro). En teoría, ese periodo podría prolongarse hasta 6 meses en circunstancias especiales. En la práctica, no es fácil obtener la prórroga (necesitas demostrar que te van a ofrecer un trabajo de forma inminente en el país B).

Cuando llegas al país B, debes inscribirte en su servicio de empleo en el plazo de UNA SEMANA. Si te retrasas pierdes el derecho al cobro de tantos días como hayan transcurrido desde el traslado hasta el registro efectivo (o sea, 1 semana más los días que te retrases). Durante el tiempo que dura la exportación, estás a disposición del servicio de empleo del país B, pero te paga el país A.

Agotado el periodo de exportación, si no has encontrado trabajo, puedes optar por dos cosas: quedarte en el país B ya sin cobrar o regresar al país A. En este segundo caso, seguirás percibiendo lo que te reste de prestación (si lo hubiese) hasta el final de la misma. Sin embargo, si decides permanecer en el país B, desaparece todo el derecho a paro que te quedase acumulado. 

En fin, creo que estas son las cosas más relevantes a tener en cuenta. Toda la información aquí descrita se encuentra mucho más desarrollada en el portal de la agencia alemana para el empleo. También puedes consultar este útil documento (en español), que resume lo más importante de la legislación alemana en materia de desempleo. Adicionalmente, puedes preguntar si tienes alguna duda. Intentaré responder lo que sepa.

PD: Quiero señalar que todo lo expuesto se refiere a prestación por desempleo, no a subsidio por desempleo. Este último entraría en el nivel asistencial tras agotar la primera. Caso de tener derecho a él, te cubre las necesidades básicas por tiempo ilimitado pero te obliga a aceptar CUALQUIER trabajo, sin restricciones.

viernes, 19 de abril de 2013

Semana a la alemana

Desde que vivo en Alemania, muchas han sido las cosas que me han chocado enormemente, circunstancia normal cuando uno se va a otro país. En algunos casos, ese choque cultural resulta más sencillo de encajar y en otros más complejo. Unas veces hace gracia y otras cabrea. Pueden ser cosas sorprendentes o más o menos esperadas. Reconozco también que hay temas en los que soy más alemán que español (ya lo era antes de venir, no me han colonizado). En todo caso, son cuestiones que suelen dar lugar a numerosas anécdotas y no pocas desesperaciones. Por eso, creo que vale la pena dedicar alguna que otra entrada a los aspectos que hacen a los alemanes tan alemanes a ojos de un español. Como prometí hace unos días, hoy hablaré de su obsesión con la hora y sus hábitos semanales.


Para empezar hay que recordar nuestras grandes diferencias en tema de horarios. Debemos reconocer que, en eso, somos nosotros los que llevamos el paso cambiado con respecto a Europa. Aquí se come a las 12:00 (en algunos sitios incluso a las 11:30). Y las 12:00 son las 12:00, no las 12:01. En las empresas, cuando llega la hora en punto, se dirigen cual estampida de búfalos hacia la cantina. Si no te apartas te llevan por delante. Deben pensar que la comida no llega para todos...

La cena de diario, por lo que veo a mi alrededor, suelen despacharla en torno a las 19:00 (media hora arriba, media hora abajo). Y resulta improbable encontrarlos despiertos más allá de las 21:30 o 22:00.

El tiempo juega constantemente un papel primordial. Toda tarea está medida al milisegundo, haciendo del reloj un instrumento básico para la vida cotidiana. En este sentido, llaman la atención los horarios comerciales. En España, los establecimientos tienen UN horario de apertura válido para todos los días de la semana. En Alemania, en cambio, tienen un horario para cada día, cuyo eventual parecido es pura coincidencia. Por tanto, si quieres ir a un sitio determinado, debes tener muy presente la hora y el día de la semana que es, o te lo puedes encontrar cerrado aun en las horas centrales.

Es obvio que hay ocasiones en las que se tiene prisa, pero aquí todo el mundo va siempre a tope. ¿Cómo es posible tener prisa SIEMPRE? No importa cómo se desplacen. Ya sea en coche, en bici o andando, siempre lo hacen a toda pastilla. Es un ritmo de vida que desgasta una barbaridad. Yo prefiero vivir más pausado. Si no tengo necesidad de correr, pues no corro.

Una curiosidad es que, nada más subirse al coche, programan siempre la ruta en el GPS, aunque vayan a 5 km y conozcan de sobra el trayecto. Explicación: primero, que les encanta jugar con sus cachivaches tecnológicos; segundo, que podría existir un atasco de proporciones bíblicas (pan de cada día por estos lares) y tratan de esquivarlo con ayuda del aparato; tercero, por el placer de contar a todos cómo se ahorran 15 segundos de trayecto gracias a los sofisticados algoritmos de cálculo en tiempo real que incorpora su flamante GPS.

En cuanto al modo de estructurar la semana, la vida de lunes a viernes se resume fácilmente: solo trabajan. Se levantan lo más temprano posible para poder terminar la jornada también prontito, salen y se van a casa directos (lo que a menudo supone más de una hora de viaje), cenan cuando nosotros merendamos y se acuestan cuando nosotros cenamos. Así todos los días sin variación. Quedar con alguien, tomar unas cañas... esos conceptos no existen. En poblaciones pequeñas, y especialmente en invierno (que aquí dura mucho más de tres meses), no hay un alma en las calles al anochecer (o sea, poco después de las 16:00). En las ciudades se sigue detectando vida basada en el carbono hasta más tarde. Eso sí, nadie está dándose una vuelta o paseando por el simple placer de hacerlo. Todos van de camino a alguna parte. Solo ciudades con una tradición más universitaria y cosmopolita rompen esa disciplina.

El sábado es el día de las tareas domésticas. Todo el mundo hace la compra semanal ese día por la mañana (mañana: dícese del lapso de tiempo que concluye a las 12:00 del mediodía, por eso se llama a este mediodía). Se aseguran de no necesitar otra compra imprevista antes del próximo sábado cargando sus coches con cajas (literalmente) de víveres. Limpian a fondo sus casas y rinden culto a sus coches. Este último es un ritual que tiene lugar en la puerta de casa e incluye el lavado (y posterior secado) manual de cada centímetro de vehículo con el mayor de los mimos, empleando una amplísima gama de productos para el cuidado de los mismos.

Domingo: ¡por fin un tiempo de asueto! El disfrute consiste básicamente en salir a pasear con la familia al completo. Las alternativas, en función del azote del tiempo, pueden ser: paseo por parques y caminos cercanos o excursión al monte u otro lugar de esparcimiento en la naturaleza. Ambas opciones cuentan con variante a pie y en bicicleta. Otra actividad propia del domingo son las aficiones personales de cada uno. Deportes, aeromodelismo o montar a caballo son algunas frecuentes en mi zona. Los que no hacen negocio aquí son los bares, desde luego. Esta gente es de exterior, no de apoltronarse en cafeterías. Por eso hay menos en toda Alemania de las que hay en tan solo una ciudad española cualquiera.

¡Ah! Si hace buen día (o sea, un par de veces cada verano...), la barbacoa en el jardín también está asegurada los domingos.

Bueno, otro día contaré más historias sobre choque de culturas.

miércoles, 27 de marzo de 2013

¿Y ahora qué?

Un día llegas al trabajo y te llaman a una habitación. Te explican que la empresa pasa por dificultades que le obligan a tomar decisiones drásticas y, antes de que te des cuenta, estás recogiendo tus cosas del lugar de trabajo y saliendo de allí para no volver. Estás despedido. ¿Y ahora qué?



Esta pregunta ya es difícil de responder ante tal situación estando en tu tierra. Pero si además resulta que estás en otro país, las preocupaciones que te asaltan sobre tu futuro hacen que tu vida se parezca de repente a un túnel sin salida. Desconoces las leyes, los procedimientos y hasta tus derechos básicos, y encima no puedes expresarte plenamente a causa del idioma. Una experiencia francamente desagradable, la verdad.

Cuando eso ocurrió, empecé a buscar soluciones y a hacerme infinidad de preguntas. Por ejemplo, de repente debía replantearme mi lugar de residencia: "¿Me quedo en Alemania? ¿Me vuelvo a España? ¿Huyo hacia adelante y pruebo en otro país?" Estas cuestiones en particular se fueron respondiendo solas a medida que recogía información por el camino. Es de lo que hablaré a continuación. Otras muchas, sin embargo, aún siguen sin respuesta.

Personalmente, mi decepción fue de tal magnitud que me hizo perder las ganas de seguir dando tumbos por el mundo. No podía quitarme de la cabeza un pensamiento: tanto sacrificio para terminar así; para eso es mejor estar en mi casa. Si hubiese tenido una varita mágica que me permitiese hacer lo que quisiera, yo hubiera vuelto a casa inmediatamente tras el despido. Es verdad que luego he ido relativizándolo un poco, pero la enorme decepción no se borrará nunca. Hasta tal punto es así, que muchos de mis puntos de vista han cambiado.

Si miro atrás me asombro al pensar con qué decisión me lancé a la emigración. A veces creo que debía estar loco para elegir este camino, pero no me asustaba y estaba convencido de que quería hacerlo. Ahora en cambio, con todo lo ocurrido, esas ganas han desaparecido, y he dejado de pensar que la mejor forma de mejorar es irse a otro país (puede que en otra entrada desarrolle el porqué).

En cualquier caso, pese a mis muchas meditaciones y deseos, es la realidad la que de momento se encarga de decidir por mí.

En primer lugar, la búsqueda de trabajo en ciertos países se trunca de nuevo a causa de sus respectivos idiomas (una lección que ya aprendí). A esto se suma el hecho de que no estoy muy por la labor de volver a empezar de cero. Después de haber superado ya aquí las dificultades iniciales y conseguir adaptarme... sería como en el parchís volver a la casilla de salida cuando llevas todo el tablero recorrido. No pensaba así hace unos meses, cuando seguía atraído por conocer otros países. Pero como digo, ahora mis prioridades han cambiado.

En segundo lugar, lo de encontrar trabajo en España ya sabemos cómo está. Desde el primer momento tuve que resignarme en este sentido. Salvo milagro improbable, es una utopía volver ahora.

Por tanto, parece que la opción de permanecer en Alemania es la más adecuada. Y en efecto, así es. Tiene que serlo a co..nes, porque es la única. No sólo por eliminación, sino también por motivos legales derivados de la normativa europea en materia de desempleo.

Me explico.

Simplificando mucho para no aburrir: los periodos trabajados en cualquier país de la unión se computan para calcular cuánto tiempo de paro te corresponde (para lo cual se necesita el formulario europeo PD U1; no entraré en eso ahora, si alguien tiene interés no tengo inconveniente en contestar preguntas). Pero tienes derecho a percibir la prestación en el país donde nació tal derecho. En mi caso, Alemania (que es donde me quedé en paro), no España (a pesar de que allí haya cotizado más años).

Eso por un lado está bien, porque obviamente la prestación es de mayor cuantía en Alemania. Pero por otro lado no tanto, porque la prestación dura menos tiempo (en mis condiciones, la mitad, para ser exactos).

La consecuencia es que, si quisiera volver a España ahora, tendría que hacerlo con una mano delante y otra detrás, puesto que trabajo no hay y allí no tengo derecho a paro, lo que sería una verdadera locura. De ahí que quedarme en Alemania sea mi única opción razonable de momento.

Es cierto, como muchos sabréis, que la legislación europea permite exportar la prestación por desempleo entre países de la unión (formulario PD U2). Pero tan solo puedes "llevarte" tres meses, tengas el tiempo que tengas. Es decir, si te queda por ejemplo un año entero de paro y solicitas su exportación a otro país, te conceden tres de esos doce meses. Una vez transcurridos esos tres meses, si sigues en paro y no vuelves al país de origen, el resto lo pierdes definitivamente.

Así pues, todavía no es una opción para mí. Ese tiempo lo consumiría prácticamente ya sólo en mudarme. Hoy por hoy, sólo puedo plantearme volver a España si tengo trabajo, lo cual es sinónimo de decir que no puedo volver.

Lo peor de este galimatías legal es que también obstaculiza otra de las vías para intentar salir adelante: crear mi propia empresa. Dado que no tengo derecho a paro en España, no puedo acogerme a la famosa capitalización del mismo ni a ninguna otra de las supuestas ventajas que anuncian para emprendedores. A no ser, claro está, que me la juegue y haga un salto mortal sin red (todo llegará...).

En conclusión, quiera o no quiera, estoy atrapado aquí. Todo lo que puedo hacer por ahora es seguir buscando trabajo. Si en los próximos meses consigo encontrarlo, pues bien. Si por el contrario no es así y nada cambia, mi condición de emigrante tiene ya fecha de caducidad, y ésta coincide con la de mi derecho a percibir paro. A partir de ahí me convertiré en un emigrante retornado prematuro. Siguiendo mis propios consejos, me niego a permanecer aquí careciendo de ingresos, aunque ello suponga volver a casa derrotado y con el rabo entre las piernas.

Veremos lo que depara el futuro inmediato.